Tengo que entrar a planta el lunes. ¿Llegan?
Sí, con el servicio express. Necesito la orden de compra o contrato, el listado de tareas, la nómina con altas y la ART vigente. Con eso el Programa de Seguridad sale en 48 horas hábiles y se presenta el aviso de obra en paralelo.
¿Cuánto tarda la ART en aprobar el Programa de Seguridad?
La Res. SRT 319/99 le fija a la ART un máximo de cinco días hábiles para aprobarlo o rechazarlo desde que lo recibe. Por eso el compromiso de 48 horas es sobre mi parte —confección, firma y presentación—; el plazo que sigue corre por cuenta de tu aseguradora y el seguimiento hasta la aprobación va incluido. Si entrás varias veces al año a la misma planta con la misma tarea, conviene el encuadre de obra repetitiva: programa simplificado con validez de seis meses.
¿Qué diferencia hay entre la Res. 51/97, la 35/98 y la 319/99?
Todas cuelgan del Decreto 911/96, que es el reglamento de higiene y seguridad de la construcción. La 51/97 fija el Programa de Seguridad por obra y por contratista. La 35/98 permite unificar el programa cuando conviven varios contratistas bajo un comitente. La 319/99 define la obra repetitiva —mismo procedimiento, hasta siete días corridos— y le da un programa simplificado. El encuadre correcto lo determina el tipo de obra, no la preferencia.
¿Emiten factura y trabajan con orden de compra?
Sí. Se trabaja con propuesta formal, alcance por escrito y facturación electrónica. Se admite el circuito de compras del comitente y la carga en portales de proveedores.
¿Las mediciones las hacen ustedes o subcontratan?
Las realiza el profesional con instrumental propio y certificado de calibración vigente, que se adjunta al protocolo. El informe se entrega con la planilla oficial de la resolución que corresponda y las recomendaciones de adecuación.
Me piden carga de fuego y plan de evacuación para habilitar. ¿Qué incluye?
Arranca con el relevamiento de los materiales que hay en cada sector: con eso se calcula la carga de fuego en kg/m² y queda definida la clase de riesgo, de R1 explosivo a R5 poco combustible. De ese número se desprende todo lo demás: la resistencia al fuego que se le exige a muros y entrepisos, el potencial extintor con la cantidad y el tipo de matafuegos, y el dimensionado de los medios de salida. Se entrega el estudio firmado, el plano con extintores y recorridos de evacuación, y el plan de emergencia con los roles asignados. Los honorarios de este ítem salen de la tabla de honorarios mínimos del Colegio, que los fija por clase de riesgo y cantidad de ocupantes.
Tengo un estacionamiento. ¿Qué me van a pedir en el municipio?
En Rosario, el Reglamento de Edificación tiene una sección propia para garajes y cocheras: muros separadores con resistencia al fuego RF 180, un extintor de diez kilos cada doscientos metros cuadrados, baldes con arena o material absorbente, ventilación permanente —natural o forzada—, medios de escape dimensionados según el Capítulo V y luces indicadoras de salida en rojo acompañadas de aviso acústico. La carga de fuego y el plan de evacuación son el documento que respalda que todo eso está bien dimensionado. Conviene resolverlo antes de presentar el trámite y no después de la primera observación.
Somos una PyME de 20 personas. ¿Cuántas horas de servicio necesito?
Salen del Anexo I del Decreto 1338/96, que cruza dos variables: la cantidad de trabajadores y la categoría de riesgo del establecimiento. Con veinte personas, una oficina de categoría A no tiene horas mínimas asignadas, un depósito de categoría B necesita ocho horas por mes y un taller de categoría C necesita dieciséis. El cotizador de la web hace esa cuenta con tu rubro, y en el relevamiento inicial queda documentada, que es exactamente lo que revisa el inspector.
¿Cuándo me exigen Programa de Seguridad en una obra?
Lo dispara la obra, no la cantidad de gente. El artículo 2 de la Resolución SRT 51/97 lo pide para cada obra que tenga alguna de cinco características, y las enumera: excavación, demolición, construcción que supere los mil metros cuadrados de superficie cubierta o los cuatro metros de altura desde la cota cero, tareas sobre o en proximidades de líneas o equipos energizados en media o alta tensión, y las obras que la Aseguradora considere pertinentes por sus características. La dotación no aparece en ninguno de los cinco incisos: con tres operarios haciendo una excavación corresponde igual que con cincuenta. Si no se da ninguno, no hace falta el programa y alcanza con comunicar el inicio de obra a la ART cinco días hábiles antes, como manda el artículo 1. La cantidad de operarios sólo mueve el tramo de arancel, o sea cuánto sale, nunca si corresponde o no.
¿Cuántas horas de servicio corresponden en una obra?
Para obra no se cuentan visitas: la Resolución SRT 231/96, que reglamenta el artículo 17 del Decreto 911/96, fija horas profesionales semanales según la cantidad de operarios en el frente. Hasta quince operarios van de tres a cinco horas por semana; de dieciséis a cincuenta, de cinco a diez; de cincuenta y uno a cien, de diez a quince; de ciento uno a ciento cincuenta, de quince a veinte; y de ciento cincuenta y uno en adelante, treinta o más. La norma da una banda y no un número, así que el punto dentro de esa banda se define por el riesgo real de las tareas. Lo que no es negociable es el piso: por debajo de esas horas el servicio no cumple, por mucho que los papeles estén firmados.
¿Todas esas horas las tiene que hacer el Licenciado?
Hasta cincuenta trabajadores, sí: las cubre el profesional a cargo del servicio. De cincuenta y uno en adelante la misma Resolución SRT 231/96 habilita al profesional a cargo a establecer cuántos técnicos hacen falta según la complejidad de la obra y la exposición al riesgo. Ahí el esquema pasa a ser dirección del Licenciado más presencia de Técnico, que es bastante más económico porque la hora de Técnico vale menos. Ese reparto es la única palanca real sobre el costo del servicio: las horas totales las fija la tabla y no se negocian, pero quién las cubre sí se define en la propuesta.
¿Por qué el abono cambia según el rubro? ¿No es todo lo mismo?
No, y no es una decisión comercial mía. El Decreto 1338/96 clasifica los establecimientos en tres categorías según qué capítulos del Decreto 351/79 les aplican: la A son las de riesgo bajo —oficinas, comercio—, la B las intermedias —depósito, logística— y la C las de riesgo alto —industria, obra, agroindustria, portuario—. La categoría multiplica las horas: con la misma dotación, la C puede exigir hasta siete veces las horas de la B. Cobrar lo mismo a una oficina que a una metalúrgica significaría o regalarle horas a una o facturarle de más a la otra.
¿Cómo se cobran los viáticos?
Hay un mínimo de treinta mil pesos por traslado, que cubre hasta veinte kilómetros. Más allá de ese radio se suma un adicional por kilómetro recorrido. Cada visita del mes cuenta como un traslado, así que cuatro visitas a una obra son cuatro viáticos, y eso figura como línea separada del presupuesto: nunca va diluido dentro del honorario. En el servicio permanente el criterio cambia, porque el técnico va todos los días: ahí el traslado se factura como una hora más de veintidós mil quinientos pesos por jornada, que es bastante más conveniente que cobrar el viático completo veintidós veces. En el cotizador podés cargar los kilómetros y ver exactamente cuánto suma antes de pedir nada.
¿Trabajan fuera de Rosario?
La base es Rosario y el cordón agroindustrial —San Lorenzo, Puerto General San Martín, Timbúes, Alvear—. Se atiende el resto de Santa Fe y provincias limítrofes con viáticos cotizados aparte.